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El
Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha
pedido a los Grupos Parlamentarios que se reforme la Ley de Tráfico y
Seguridad Vial para que sea considerada como infracción grave parar o
estacionar en plazas de aparcamiento reservadas para personas con
discapacidad. Asimismo, el Cermi ve necesario que esta infracción acarree
pérdida de puntos del permiso de conducir.
Actualmente, pese a los esfuerzo de las administraciones públicas para
promover la autonomía personal de las personas con discapacidad a través
del transporte privado, el Cermi asegura que el respeto de estos
estacionamientos reservados es escaso o casi nulo.
En su opinión esto comporta una grave falta de movilidad y un quebranto en
las posibilidades de desenvolvimiento personal y, por ende, afecta a la
circulación urbana al limitar las posibilidades de estacionamiento de este
colectivo.
Hasta el momento esta normativa, modificada en el año 2005, tipifica este
hecho como una infracción leve y por tanto sancionable con multa de
cuantía de hasta 90 euros. Además, no lleva aparejada la pérdida de
puntos, ya que este supuesto sólo afecta a las infracciones graves y muy
graves.
Respecto a la prohibición de parar o estacionar en determinados lugares,
según esta ley sólo se considera grave o muy grave, con multas de entre 91
y 600 euros, estacionar en lugares peligrosos, en los carriles de
transporte urbano o que obstaculicen gravemente la circulación. El
incumplimiento de estas situaciones conlleva la pérdida de dos puntos del
permiso de conducir.
El Cermi considera que la movilidad por transporte privado de las personas
con discapacidad es uno de los aspectos esenciales para su normalización y
para conseguir autonomía personal.
Por este motivo, en la propuesta presentada a los Grupos Parlamentarios
argumenta la necesidad de elevar las sanciones de este tipo de
infracciones, ser consideradas como graves y que lleven, de esta forma,
aparejada pérdida de puntos. |