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Se establecen Medidas Alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota reservada del 2% (RD 27/2000) en favor de trabajadores con discapacidad en empresas que tengan 50 o más trabajadores. |
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La segunda posibilidad es que el trabajador discapacitado no esté interesado en el trabajo. |
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Que el centro especial de empleo o el trabajador autónomo discapacitado presten servicios ajenos y accesorios a la actividad de la empresa. (El importe habrá de ser, al menos, 3 veces el salario mínimo interprofesional anual por cada trabajador minusválido dejado de contratar por debajo de la cuota del 2%.) La empresa también puede realizar donaciones y acciones de patrimonio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad. La entidad beneficiaria tiene que ser una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de los minusválidos con el fin de que se integren en el mercado laboral. |
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Para el cumplimiento de las Medidas Alternativas es imprescindible obtener el Certificado de Excepcionalidad a la contratación de personal con discapacidad. |
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Este certificado se tramita a través de la Dirección General de Empleo con competencia en cada CC.AA, o bien a través de cualquier Agencia de colocación autorizada. |
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La satisfacción es nuestro principal objetivo, la constante superación de nuevas metas es nuestra motivación. Un amplio equipo humano, que integra personas con algún tipo de discapacidad, es el motor de unos servicios indispensables y de valor añadido a la empresa. |